Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
y tienen que especificar que fuergos artificiales, el humo no hace nada... ahora prohiben extintores y trapos tambien....
jorgedaza- Bota de Bronce
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
El humo tambien puede representar peligro, alguien asmatico, intoxicacion, etc
Dicinox- Bota de Oro
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Me parece absurdo las tiras de papel el unico peligro que le veo (echandole coco) es que son inflamables por ser papel, de resto mas nada!!!
Ezoj_CFC- Bota de Bronce
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Pero un peligro de que tipo macu?? Es absurdo.... En verdad pienso que es mas una campaña para eliminar las barras que cualquier otra cosa...
En donde mas se ha visto que se tomen medidas de este tipo?
En donde mas se ha visto que se tomen medidas de este tipo?
Ezoj_CFC- Bota de Bronce
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
le puedes partir la topia a alguien, es mas lo he visto, claro no es que lo va a matar
Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Yo soy de los que defiende a la FVF cuando se debe, pero en estas sanciones son simplemente de circo...
Lo de los rollos y fuegos artificiales es tolerable, es más es una norma mundial FIFA y todo el mundo la debe cumplir, pero lo de los cánticos? que ridiculez es esa?
Y se que se han amonestado a muchas federaciones o clubes porque muchos de sus hinchas hacen cánticos de tintes neo-nazis o racistas (valga la redundancia). Pero es el caso de Venezuela? hay cánticos pro-nazis en nuestros estadios?
Ahora con más fuerzas quisiera ver al INDEPABIS servir al pueblo y darle una brutal e inmensa multa a los organizaciones que manejan los partidos de la Vinotinto, ya basta de tanto descaro señores!!
Lo de los rollos y fuegos artificiales es tolerable, es más es una norma mundial FIFA y todo el mundo la debe cumplir, pero lo de los cánticos? que ridiculez es esa?
Y se que se han amonestado a muchas federaciones o clubes porque muchos de sus hinchas hacen cánticos de tintes neo-nazis o racistas (valga la redundancia). Pero es el caso de Venezuela? hay cánticos pro-nazis en nuestros estadios?
Ahora con más fuerzas quisiera ver al INDEPABIS servir al pueblo y darle una brutal e inmensa multa a los organizaciones que manejan los partidos de la Vinotinto, ya basta de tanto descaro señores!!
al-jazheera- Crack
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Eso no tiene sancion.... NO NO
Y cuando se usan rollos y fuegos artificiales en juegos ORGANIZADOS por la FVF y Solid Show? La FVF se va a multar ella misma? jajaja que descaro, primero que den el ejemplo.
Digamosque no es de morir lo de los juegos artificiales y los rollos, usaremos globos y papelillo ¿(o eso le puede entrar a alguien por la nariz causandole una muerte instantanea?) LAs banderas pueden ser tan peligrosas (las astas) como cualquier rollo... incluso mas....
Lo de los canticos si es ridículo señores... ahora vivimos bajo la dictadura de la FVF...
Hay sanciones por canticos y no hay sanciones por malas organizaciones, por deberle dinero a los jugadores o cuando la policia maltrata de forma descarada a la gente, sin mencionar cuando lo hacen los mismos organizadores...
De verdad no hay medidas para el erdadero progreso del futbol. Solo para atrasarlo.
Y pensar que el crecimiento del colorido era un factor que hacia que la gente se acercara mas a los estadios....
Y cuando se usan rollos y fuegos artificiales en juegos ORGANIZADOS por la FVF y Solid Show? La FVF se va a multar ella misma? jajaja que descaro, primero que den el ejemplo.
Digamosque no es de morir lo de los juegos artificiales y los rollos, usaremos globos y papelillo ¿(o eso le puede entrar a alguien por la nariz causandole una muerte instantanea?) LAs banderas pueden ser tan peligrosas (las astas) como cualquier rollo... incluso mas....
Lo de los canticos si es ridículo señores... ahora vivimos bajo la dictadura de la FVF...
Hay sanciones por canticos y no hay sanciones por malas organizaciones, por deberle dinero a los jugadores o cuando la policia maltrata de forma descarada a la gente, sin mencionar cuando lo hacen los mismos organizadores...
De verdad no hay medidas para el erdadero progreso del futbol. Solo para atrasarlo.
Y pensar que el crecimiento del colorido era un factor que hacia que la gente se acercara mas a los estadios....
jorgedaza- Bota de Bronce
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Es que nada mas el HECHO de poner una Multa por los canticos en Contra de Esquivel y los Arbitros, es Anticonstitucional!
tenemos libertad de Expresión y el solo hecho de esa multa ya es ir en contra de la Constitución
tenemos libertad de Expresión y el solo hecho de esa multa ya es ir en contra de la Constitución
Psilocybe- Bota de Plata
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Es que hasta lo de los rollos y fuegos artificiales macu, porque si bien es cierto pueden ser objetos contundentes todos sabemos que solo las barras lo usan, y saben como hacerlo.
Yo nunca he usado una bengala, pero si he lanzado rollos y estoy claro como los debe lanzar. Que puede llegar un inadaptado a querer herir alguien? bueno pero como podemos controlar la locura de todos? yo me puedo quitar el zapato y eso es un "objeto contundente", me quedare mocho de un zapato pero si estoy "loco" puedo herir a alguien. Como hacemos ahí entonces?
Son medidas ridículas, porque no amonestan mejor para que los equipos mejoren la seguridad? porque lo del domingo pasado paso por entre muchas cosas por falta de efectivos de seguridad. Cuando ciertas personas de algunas barras entran con armas de fuegos y blancas es falta de seguridad.
Para mi es más peligroso un barrista con una arma de fuego que con un cántico.
REPITO: quien amonesta o multa a la FVF y sus organizadores de eventos por especuladores?
Yo nunca he usado una bengala, pero si he lanzado rollos y estoy claro como los debe lanzar. Que puede llegar un inadaptado a querer herir alguien? bueno pero como podemos controlar la locura de todos? yo me puedo quitar el zapato y eso es un "objeto contundente", me quedare mocho de un zapato pero si estoy "loco" puedo herir a alguien. Como hacemos ahí entonces?
Son medidas ridículas, porque no amonestan mejor para que los equipos mejoren la seguridad? porque lo del domingo pasado paso por entre muchas cosas por falta de efectivos de seguridad. Cuando ciertas personas de algunas barras entran con armas de fuegos y blancas es falta de seguridad.
Para mi es más peligroso un barrista con una arma de fuego que con un cántico.
REPITO: quien amonesta o multa a la FVF y sus organizadores de eventos por especuladores?
al-jazheera- Crack
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
al-jazheera escribió:Es que hasta lo de los rollos y fuegos artificiales macu, porque si bien es cierto pueden ser objetos contundentes todos sabemos que solo las barras lo usan, y saben como hacerlo.
Yo nunca he usado una bengala, pero si he lanzado rollos y estoy claro como los debe lanzar. Que puede llegar un inadaptado a querer herir alguien? bueno pero como podemos controlar la locura de todos? yo me puedo quitar el zapato y eso es un "objeto contundente", me quedare mocho de un zapato pero si estoy "loco" puedo herir a alguien. Como hacemos ahí entonces?
Son medidas ridículas, porque no amonestan mejor para que los equipos mejoren la seguridad? porque lo del domingo pasado paso por entre muchas cosas por falta de efectivos de seguridad. Cuando ciertas personas de algunas barras entran con armas de fuegos y blancas es falta de seguridad.
Para mi es más peligroso un barrista con una arma de fuego que con un cántico.
REPITO: quien amonesta o multa a la FVF y sus organizadores de eventos por especuladores?
Tienes TODA la razón...
El que va Pendiente de Herir o de Joder a alguien, Lo va a hacer...
ya sea Lanzando hielo, quitandose los zapatos como dice Al Ja... Hasta quitandose la Correa y repartiendo Hebillazos... arrancando una Silla y lanzandola.. Uff... hay infinidad de cosas que ALGUIEN con la Locura suficiente puede hacer..
Así como hay inadaptados, hay gente tamb muy consciente de lo que hace y lo que se puede y no se puede hacer para no perjudicar a NADIE...
Estas cosas y hechos de violencia, se evitan con la simple acción de poner mas Elementos de Seguridad... tanto policias, como miembros de la Seguridad privada contratados..
yo creo que se puede llegar a una Condición para el uso de Pirotecnia (Dependiendo del tipo de pirotecnia Obviamente)
y demas objetos que se utilizan para darle colorido y ambiente al partido... como los rollos de papel, papelillo, Bengalas, humo etc etc etc..
si hubiera una mejor seguridad... he hicieran cumplir las normas dentro del estadio y multando a las personas que comentan actos que puedan perjudicar la Salud, la Paz de las demas personas asistentes, no habrían tantos hechos como estos...
por q lo q están haciendo es meternos a todos en un mismo saco... sin importar lo concientes que podamos ser algunos!!
Lo que hay es q atacar a las personas que busquen perjudicar... y no a todos por igual
Psilocybe- Bota de Plata
- Arrebatao
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Es mas facil joder a todo el colectivo que buscar a los inadaptados, pareciera que no supieran como funcionan las cosas con la FVF. Flojos hasta para eso
Ezoj_CFC- Bota de Bronce
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Suspendidos de la Primera División
:: 01 Dec 2011
Prensa FVF/ Caracas
El Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Fútbol revisó las Actas Arbitrales y otros informes para determinar una serie de sanciones para los jugadores y personal del cuerpo técnico de los clubes, después de la celebración de la jornada 14 del Torneo Apertura 2011 de la primera división, Copa Movilnet.
Carlos Terán, presidente; Domingo Arias y Domingo González Yánez, miembros; y Amarilis Belisario, secretaria ejecutiva decidieron lo siguiente con base a la normativa vigente sobre la materia:
-Moisés Galezo (Zamora FC), 1 partido de suspensión, por conducta antideportiva constituida al abandonar el terreno de juego sin autorización arbitral e invadir la zona aledaña a la mesa técnica, para efectuar consideraciones contra el árbitro principal, menospreciando públicamente su autoridad.
-Darío Figueroa (Zamora FC), 1 partido de suspensión, por conducta antideportiva constituida al abandonar el terreno de juego sin autorización arbitral e invadir la zona aledaña a la mesa técnica, para efectuar consideraciones contra el árbitro principal, menospreciando públicamente su autoridad.
-Armín Márquez (Deportivo Petare FC), 1 partido de suspensión, por acumulación de cuatro tarjetas amarillas.
Javier González (Deportivo Petare), 1 partido de suspensión, por acumulación de cuatro tarjetas amarillas.
-Franklin Lucena (Caracas FC), 1 partido de suspensión, por recibir doble amonestación en el mismo encuentro.
-Gustavo Rojas (Zulia FC), 1 partido de suspensión, por acumulación de cuatro tarjetas amarillas.
-José Villalba (Preparador físico Monagas SC), 2 partidos de suspensión, por protestar airada y ostensiblemente las decisiones arbitrales.
-José Yégüez (Deportivo Táchira), 1 partido de suspensión, por acumulación de cuatro tarjetas amarillas
-Humberto Suárez (Preparador físico Deportivo Táchira), 2 partidos de suspensión, por protestar airada y ostensiblemente decisiones arbitrales, menospreciando públicamente su autoridad.
-Ángel Duque (Preparador de Arqueros Deportivo Táchira), 6 partidos de suspensión, por protestar airada y ostensiblemente decisiones arbitrales, menospreciando públicamente su autoridad, e insultar con palabras obscenas y amenazantes al primer árbitro asistente
-José Granados (Real Esppor Club), 1 partido de suspensión, por recibir doble amonestación en el mismo encuentro.
Respecto a los hechos irregulares que motivaron la suspensión del partido al minuto setenta y tres (73) del encuentro escenificado entre los equipos Zamora FC vs Mineros de Guayana en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, contenido en el Acta arbitral e informe del Delegado de Campo, reseñados en los medios de comunicación social, donde el público de manera irregular y eminentemente antideportiva, arrojaran desde la tribuna objetos sólidos (envase de plástico lleno de agua) impactando al segundo árbitro asistente José Mora, que ameritó asistencia facultativa, este Consejo de Honor.
Ordena abrir las averiguaciones correspondientes, a los fines de determinar las responsabilidades pertinentes. De igual forma en virtud de la gravedad de los hechos informados, los cuales han causado conmoción en el Fútbol Nacional, las reiteradas manifestaciones incorrectas y violentas del público contra el espectáculo futbolístico, dado que los mismos se originaron con ocasión de un encuentro deportivo. Acuerda: PRIMERO: Dictar medida preventiva de inhabilitación de la instalación Deportiva Campo de Fútbol “Agustín Tovar La Carolina”, de la ciudad de Barinas hasta tanto sean decididas las presentes averiguaciones.
QUINTO: En cuanto a los hechos que ameritaron la suspensión al minuto setenta y tres (73) del encuentro, dado que los actos de violencia constituyen causa externa y ajena propiamente al hecho deportivo como tal, con base al informe arbitral y del Delegado de Campo; este Consejo de Honor, a los fines de preservar la integridad de la competición, considerando que el éxito deportivo debe ser obtenido en el terreno de juego, actuando coherente a su Doctrina Deportiva (Acta de Decisiones No. 10 de fecha 28 de Octubre de 2008, Torneo Apertura de Primera División, Temporada 2008-2009: Partido Carabobo FC Vs Caracas FC del 26 de Octubre de 2008) y con base a la equidad declara que la suspensión del partido se debió a una causa justificada, dándole el tratamiento de interrumpido, y en aplicación de la disposición establecida en el artículo 98 literal “b” de las Normas Reguladoras Categoría Nacional de la Temporada 2011-2012 (“Todo encuentro que una vez comenzado sea suspendido por… causa de fuerza mayor que apreciara el árbitro, se proseguirá de acuerdo con lo pautado en estas Normas. Para la aplicación de lo establecido en este Artículo, se tomará en cuenta: b) Si culminó el primer tiempo, se proseguirá lo que se debe jugar, siempre que sea más de quince (15) minutos. En este caso el juego se proseguirá con los mismos jugadores que estaban en cancha al momento de la suspensión del mismo, como si de una interrupción se tratase”) procedente la reanudación del partido, debiendo continuarse con los mismos jugadores que estaban en el campo al momento de la suspensión; y jugarse el tiempo restante en campo de juego neutral sin público y a puerta cerrada, fuera de la jurisdicción del Estado Barinas, pudiendo jugarse en este único caso y de manera excepcional a menos de doscientos (200) kilómetros, establecidos en el Primer Punto de esta decisión. En ese sentido, de acuerdo con los artículos 17 y 21 de las citadas Normas acuerda remitir a la Comisión de Torneos Nacionales Interclubes lo correspondiente a fin de coordinar lo relativo a los detalles de culminación del partido y las condiciones económicas respectivas. A los efectos de cumplimiento e esta medida se le aclara al equipo Zamora FC que sólo podrán ingresar al recinto deportivo los equipos participantes, previa identificación de jugadores, personal técnico directivos de los Clubes, la Cuarteta arbitral designada y árbitro de la Comisión de Fútbol local, un Inspector de Árbitros, Delegado de Campo y Delegado Federativo, 10 recoge balones, personal de mantenimiento del Estadio, 4 representantes del Cuerpo de Bomberos o 4 representantes de Defensa Civil, ambulancia con u máximo de 4 personas incluido el conductor, cuerpo policiales y militares designados para el encuentro, representantes de los medios de comunicación social escritos, radio y televisión acreditados por el club local; adicionalmente es necesario coordinar con las autoridades públicas la seguridad de la vía pública de acceso al Estadio, prohibir estacionar las unidades de transporte o particulares en los alrededores del Estadio, no se permitirá durante el desarrollo del encuentro en la zona aledaña al campo de juego a ningún directivo de: clubes, ligas, asociaciones y árbitros.
:: 01 Dec 2011
Prensa FVF/ Caracas
El Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Fútbol revisó las Actas Arbitrales y otros informes para determinar una serie de sanciones para los jugadores y personal del cuerpo técnico de los clubes, después de la celebración de la jornada 14 del Torneo Apertura 2011 de la primera división, Copa Movilnet.
Carlos Terán, presidente; Domingo Arias y Domingo González Yánez, miembros; y Amarilis Belisario, secretaria ejecutiva decidieron lo siguiente con base a la normativa vigente sobre la materia:
-Moisés Galezo (Zamora FC), 1 partido de suspensión, por conducta antideportiva constituida al abandonar el terreno de juego sin autorización arbitral e invadir la zona aledaña a la mesa técnica, para efectuar consideraciones contra el árbitro principal, menospreciando públicamente su autoridad.
-Darío Figueroa (Zamora FC), 1 partido de suspensión, por conducta antideportiva constituida al abandonar el terreno de juego sin autorización arbitral e invadir la zona aledaña a la mesa técnica, para efectuar consideraciones contra el árbitro principal, menospreciando públicamente su autoridad.
-Armín Márquez (Deportivo Petare FC), 1 partido de suspensión, por acumulación de cuatro tarjetas amarillas.
Javier González (Deportivo Petare), 1 partido de suspensión, por acumulación de cuatro tarjetas amarillas.
-Franklin Lucena (Caracas FC), 1 partido de suspensión, por recibir doble amonestación en el mismo encuentro.
-Gustavo Rojas (Zulia FC), 1 partido de suspensión, por acumulación de cuatro tarjetas amarillas.
-José Villalba (Preparador físico Monagas SC), 2 partidos de suspensión, por protestar airada y ostensiblemente las decisiones arbitrales.
-José Yégüez (Deportivo Táchira), 1 partido de suspensión, por acumulación de cuatro tarjetas amarillas
-Humberto Suárez (Preparador físico Deportivo Táchira), 2 partidos de suspensión, por protestar airada y ostensiblemente decisiones arbitrales, menospreciando públicamente su autoridad.
-Ángel Duque (Preparador de Arqueros Deportivo Táchira), 6 partidos de suspensión, por protestar airada y ostensiblemente decisiones arbitrales, menospreciando públicamente su autoridad, e insultar con palabras obscenas y amenazantes al primer árbitro asistente
-José Granados (Real Esppor Club), 1 partido de suspensión, por recibir doble amonestación en el mismo encuentro.
Respecto a los hechos irregulares que motivaron la suspensión del partido al minuto setenta y tres (73) del encuentro escenificado entre los equipos Zamora FC vs Mineros de Guayana en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, contenido en el Acta arbitral e informe del Delegado de Campo, reseñados en los medios de comunicación social, donde el público de manera irregular y eminentemente antideportiva, arrojaran desde la tribuna objetos sólidos (envase de plástico lleno de agua) impactando al segundo árbitro asistente José Mora, que ameritó asistencia facultativa, este Consejo de Honor.
Ordena abrir las averiguaciones correspondientes, a los fines de determinar las responsabilidades pertinentes. De igual forma en virtud de la gravedad de los hechos informados, los cuales han causado conmoción en el Fútbol Nacional, las reiteradas manifestaciones incorrectas y violentas del público contra el espectáculo futbolístico, dado que los mismos se originaron con ocasión de un encuentro deportivo. Acuerda: PRIMERO: Dictar medida preventiva de inhabilitación de la instalación Deportiva Campo de Fútbol “Agustín Tovar La Carolina”, de la ciudad de Barinas hasta tanto sean decididas las presentes averiguaciones.
QUINTO: En cuanto a los hechos que ameritaron la suspensión al minuto setenta y tres (73) del encuentro, dado que los actos de violencia constituyen causa externa y ajena propiamente al hecho deportivo como tal, con base al informe arbitral y del Delegado de Campo; este Consejo de Honor, a los fines de preservar la integridad de la competición, considerando que el éxito deportivo debe ser obtenido en el terreno de juego, actuando coherente a su Doctrina Deportiva (Acta de Decisiones No. 10 de fecha 28 de Octubre de 2008, Torneo Apertura de Primera División, Temporada 2008-2009: Partido Carabobo FC Vs Caracas FC del 26 de Octubre de 2008) y con base a la equidad declara que la suspensión del partido se debió a una causa justificada, dándole el tratamiento de interrumpido, y en aplicación de la disposición establecida en el artículo 98 literal “b” de las Normas Reguladoras Categoría Nacional de la Temporada 2011-2012 (“Todo encuentro que una vez comenzado sea suspendido por… causa de fuerza mayor que apreciara el árbitro, se proseguirá de acuerdo con lo pautado en estas Normas. Para la aplicación de lo establecido en este Artículo, se tomará en cuenta: b) Si culminó el primer tiempo, se proseguirá lo que se debe jugar, siempre que sea más de quince (15) minutos. En este caso el juego se proseguirá con los mismos jugadores que estaban en cancha al momento de la suspensión del mismo, como si de una interrupción se tratase”) procedente la reanudación del partido, debiendo continuarse con los mismos jugadores que estaban en el campo al momento de la suspensión; y jugarse el tiempo restante en campo de juego neutral sin público y a puerta cerrada, fuera de la jurisdicción del Estado Barinas, pudiendo jugarse en este único caso y de manera excepcional a menos de doscientos (200) kilómetros, establecidos en el Primer Punto de esta decisión. En ese sentido, de acuerdo con los artículos 17 y 21 de las citadas Normas acuerda remitir a la Comisión de Torneos Nacionales Interclubes lo correspondiente a fin de coordinar lo relativo a los detalles de culminación del partido y las condiciones económicas respectivas. A los efectos de cumplimiento e esta medida se le aclara al equipo Zamora FC que sólo podrán ingresar al recinto deportivo los equipos participantes, previa identificación de jugadores, personal técnico directivos de los Clubes, la Cuarteta arbitral designada y árbitro de la Comisión de Fútbol local, un Inspector de Árbitros, Delegado de Campo y Delegado Federativo, 10 recoge balones, personal de mantenimiento del Estadio, 4 representantes del Cuerpo de Bomberos o 4 representantes de Defensa Civil, ambulancia con u máximo de 4 personas incluido el conductor, cuerpo policiales y militares designados para el encuentro, representantes de los medios de comunicación social escritos, radio y televisión acreditados por el club local; adicionalmente es necesario coordinar con las autoridades públicas la seguridad de la vía pública de acceso al Estadio, prohibir estacionar las unidades de transporte o particulares en los alrededores del Estadio, no se permitirá durante el desarrollo del encuentro en la zona aledaña al campo de juego a ningún directivo de: clubes, ligas, asociaciones y árbitros.
Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Las suspensiones de primera división
por parte del Consejo de Honor de la FVF
PRENSA FVF/CARACAS
El Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Fútbol revisó las
Actas Arbitrales y otros informes para determinar una serie de sanciones
para los jugadores y personal del cuerpo técnico de los clubes, después de
la celebración de la jornada 14 del Torneo Apertura 2011 de la primera
división, Copa Movilnet.
Carlos Terán, presidente; Domingo Arias y Domingo González Yánez,
miembros; y Amarilis Belisario, secretaria ejecutiva decidieron lo siguiente
con base a la normativa vigente sobre la materia:
-Moisés Galezo (Zamora FC), 1 partido de suspensión, por conducta
antideportiva constituida al abandonar el terreno de juego sin autorización
arbitral e invadir la zona aledaña a la mesa técnica, para efectuar
consideraciones contra el árbitro principal, menospreciando públicamente
su autoridad
-Darío Figueroa (Zamora FC), 1 partido de suspensión, por conducta
antideportiva constituida al abandonar el terreno de juego sin autorización
arbitral e invadir la zona aledaña a la mesa técnica, para efectuar
consideraciones contra el árbitro principal, menospreciando públicamente
su autoridad
-Respecto a los hechos irregulares que motivaron la suspensión del
partido al minuto setenta y tres (73) del encuentro escenificado entre los
equipos Zamora FC vs Mineros de Guayana en la ciudad de Barinas,
Estado Barinas, contenido en el Acta arbitral e informe del Delegado de
Campo, reseñados en los medios de comunicación social, donde el público
de manera irregular y eminentemente antideportiva, arrojaran desde la
tribuna objetos sólidos (envase de plástico lleno de agua) impactando al
segundo árbitro asistente José Mora, que ameritó asistencia facultativa, este
Consejo de Honor …. Ordena abrir las averiguaciones correspondientes,
a los fines de determinar las responsabilidades pertinentes. De igual
forma en virtud de la gravedad de los hechos informados, los cuales han
causado conmoción en el Fútbol Nacional, las reiteradas manifestaciones
incorrectas y violentas del público contra el espectáculo futbolístico, dado
que los mismos se originaron con ocasión de un encuentro deportivo.
Acuerda: PRIMERO: Dictar medida preventiva de inhabilitación de la
instalación Deportiva Campo de Fútbol “Agustín Tovar La Carolina”, de la
ciudad de Barinas hasta tanto sean decididas las presentes averiguaciones…
QUINTO: En cuanto a los hechos que ameritaron la suspensión al minuto
setenta y tres (73) del encuentro, dado que los actos de violencia
constituyen causa externa y ajena propiamente al hecho deportivo como
tal, con base al informe arbitral y del Delegado de Campo; este Consejo de
Honor, a los fines de preservar la integridad de la competición,
considerando que el éxito deportivo debe ser obtenido en el terreno de
juego, actuando coherente a su Doctrina Deportiva (Acta de Decisiones
No. 10 de fecha 28 de Octubre de 2008, Torneo Apertura de Primera
División, Temporada 2008-2009: Partido Carabobo FC Vs Caracas FC del
26 de Octubre de 2008) y con base a la equidad declara que la suspensión
del partido se debió a una causa justificada, dándole el tratamiento de
interrumpido, y en aplicación de la disposición establecida en el artículo 98
literal “b” de las Normas Reguladoras Categoría Nacional de la Temporada
2011-2012 (“Todo encuentro que una vez comenzado sea suspendido
por… causa de fuerza mayor que apreciara el árbitro, se proseguirá de
acuerdo con lo pautado en estas Normas. Para la aplicación de lo
establecido en este Artículo, se tomará en cuenta: b) Si culminó el primer
tiempo, se proseguirá lo que se debe jugar, siempre que sea más de quince
(15) minutos. En este caso el juego se proseguirá con los mismos jugadores
que estaban en cancha al momento de la suspensión del mismo, como si de
una interrupción se tratase”.) procedente la reanudación del partido,
debiendo continuarse con los mismos jugadores que estaban en el campo
al momento de la suspensión; y jugarse el tiempo restante en campo de
juego neutral sin público y a puerta cerrada, fuera de la jurisdicción del
Estado Barinas, pudiendo jugarse en este único caso y de manera
excepcional a menos de doscientos (200) kilómetros, establecidos en el
Primer Punto de esta decisión. En ese sentido, de acuerdo con los artículos
17 y 21 de las citadas Normas acuerda remitir a la Comisión de Torneos
Nacionales Interclubes lo correspondiente a fin de coordinar lo relativo a
los detalles de culminación del partido y las condiciones económicas
respectivas. A los efectos de cumplimiento e esta medida se le aclara al
equipo Zamora FC que sólo podrán ingresar al recinto deportivo los
equipos participantes, previa identificación de jugadores, personal técnico
directivos de los Clubes, la Cuarteta arbitral designada y árbitro de la
Comisión de Fútbol local, un Inspector de Árbitros, Delegado de Campo y
Delegado Federativo, 10 recoge balones, personal de mantenimiento del
Estadio, 4 representantes del Cuerpo de Bomberos o 4 representantes de
Defensa Civil, ambulancia con u máximo de 4 personas incluido el
conductor, cuerpo policiales y militares designados para el encuentro,
representantes de los medios de comunicación social escritos, radio y
televisión acreditados por el club local; adicionalmente es necesario
coordinar con las autoridades públicas la seguridad de la vía pública de
acceso al Estadio, prohibir estacionar las unidades de transporte o
particulares en los alrededores del Estadio, no se permitirá durante el
desarrollo del encuentro en la zona aledaña al campo de juego a ningún
directivo de: clubes, ligas, asociaciones y árbitros…
-Armín Márquez (Deportivo Petare FC), 1 partido de suspensión, por
acumulación de cuatro tarjetas amarillas
Javier González (Deportivo Petare), 1 partido de suspensión, por
acumulación de cuatro tarjetas amarillas
-Franklin Lucena (Caracas FC), 1 partido de suspensión, por recibir doble
amonestación en el mismo encuentro
-Gustavo Rojas (Zulia FC), 1 partido de suspensión, por acumulación de
cuatro tarjetas amarillas
-José Villalba (Preparador físico Monagas SC), 2 partidos de suspensión,
por protestar airada y ostensiblemente las decisiones arbitrales
-José Yégüez (Deportivo Táchira), 1 partido de suspensión, por
acumulación de cuatro tarjetas amarillas
-Humberto Suárez (Preparador físico Deportivo Táchira), 2 partidos de
suspensión, por protestar airada y ostensiblemente decisiones arbitrales,
menospreciando públicamente su autoridad
-Ángel Duque (Preparador de Arqueros Deportivo Táchira), 6 partidos de
suspensión, por protestar airada y ostensiblemente decisiones arbitrales,
menospreciando públicamente su autoridad, e insultar con palabras
obscenas y amenazantes al primer árbitro asistente
-José Granados (Real Esppor Club), 1 partido de suspensión, por recibir
doble amonestación en el mismo encuentro
Segunda división:
-Yonaiker Reyes (Caracas FC), 1 partido de suspensión, por acumulación
de cuatro tarjetas amarillas
por parte del Consejo de Honor de la FVF
PRENSA FVF/CARACAS
El Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Fútbol revisó las
Actas Arbitrales y otros informes para determinar una serie de sanciones
para los jugadores y personal del cuerpo técnico de los clubes, después de
la celebración de la jornada 14 del Torneo Apertura 2011 de la primera
división, Copa Movilnet.
Carlos Terán, presidente; Domingo Arias y Domingo González Yánez,
miembros; y Amarilis Belisario, secretaria ejecutiva decidieron lo siguiente
con base a la normativa vigente sobre la materia:
-Moisés Galezo (Zamora FC), 1 partido de suspensión, por conducta
antideportiva constituida al abandonar el terreno de juego sin autorización
arbitral e invadir la zona aledaña a la mesa técnica, para efectuar
consideraciones contra el árbitro principal, menospreciando públicamente
su autoridad
-Darío Figueroa (Zamora FC), 1 partido de suspensión, por conducta
antideportiva constituida al abandonar el terreno de juego sin autorización
arbitral e invadir la zona aledaña a la mesa técnica, para efectuar
consideraciones contra el árbitro principal, menospreciando públicamente
su autoridad
-Respecto a los hechos irregulares que motivaron la suspensión del
partido al minuto setenta y tres (73) del encuentro escenificado entre los
equipos Zamora FC vs Mineros de Guayana en la ciudad de Barinas,
Estado Barinas, contenido en el Acta arbitral e informe del Delegado de
Campo, reseñados en los medios de comunicación social, donde el público
de manera irregular y eminentemente antideportiva, arrojaran desde la
tribuna objetos sólidos (envase de plástico lleno de agua) impactando al
segundo árbitro asistente José Mora, que ameritó asistencia facultativa, este
Consejo de Honor …. Ordena abrir las averiguaciones correspondientes,
a los fines de determinar las responsabilidades pertinentes. De igual
forma en virtud de la gravedad de los hechos informados, los cuales han
causado conmoción en el Fútbol Nacional, las reiteradas manifestaciones
incorrectas y violentas del público contra el espectáculo futbolístico, dado
que los mismos se originaron con ocasión de un encuentro deportivo.
Acuerda: PRIMERO: Dictar medida preventiva de inhabilitación de la
instalación Deportiva Campo de Fútbol “Agustín Tovar La Carolina”, de la
ciudad de Barinas hasta tanto sean decididas las presentes averiguaciones…
QUINTO: En cuanto a los hechos que ameritaron la suspensión al minuto
setenta y tres (73) del encuentro, dado que los actos de violencia
constituyen causa externa y ajena propiamente al hecho deportivo como
tal, con base al informe arbitral y del Delegado de Campo; este Consejo de
Honor, a los fines de preservar la integridad de la competición,
considerando que el éxito deportivo debe ser obtenido en el terreno de
juego, actuando coherente a su Doctrina Deportiva (Acta de Decisiones
No. 10 de fecha 28 de Octubre de 2008, Torneo Apertura de Primera
División, Temporada 2008-2009: Partido Carabobo FC Vs Caracas FC del
26 de Octubre de 2008) y con base a la equidad declara que la suspensión
del partido se debió a una causa justificada, dándole el tratamiento de
interrumpido, y en aplicación de la disposición establecida en el artículo 98
literal “b” de las Normas Reguladoras Categoría Nacional de la Temporada
2011-2012 (“Todo encuentro que una vez comenzado sea suspendido
por… causa de fuerza mayor que apreciara el árbitro, se proseguirá de
acuerdo con lo pautado en estas Normas. Para la aplicación de lo
establecido en este Artículo, se tomará en cuenta: b) Si culminó el primer
tiempo, se proseguirá lo que se debe jugar, siempre que sea más de quince
(15) minutos. En este caso el juego se proseguirá con los mismos jugadores
que estaban en cancha al momento de la suspensión del mismo, como si de
una interrupción se tratase”.) procedente la reanudación del partido,
debiendo continuarse con los mismos jugadores que estaban en el campo
al momento de la suspensión; y jugarse el tiempo restante en campo de
juego neutral sin público y a puerta cerrada, fuera de la jurisdicción del
Estado Barinas, pudiendo jugarse en este único caso y de manera
excepcional a menos de doscientos (200) kilómetros, establecidos en el
Primer Punto de esta decisión. En ese sentido, de acuerdo con los artículos
17 y 21 de las citadas Normas acuerda remitir a la Comisión de Torneos
Nacionales Interclubes lo correspondiente a fin de coordinar lo relativo a
los detalles de culminación del partido y las condiciones económicas
respectivas. A los efectos de cumplimiento e esta medida se le aclara al
equipo Zamora FC que sólo podrán ingresar al recinto deportivo los
equipos participantes, previa identificación de jugadores, personal técnico
directivos de los Clubes, la Cuarteta arbitral designada y árbitro de la
Comisión de Fútbol local, un Inspector de Árbitros, Delegado de Campo y
Delegado Federativo, 10 recoge balones, personal de mantenimiento del
Estadio, 4 representantes del Cuerpo de Bomberos o 4 representantes de
Defensa Civil, ambulancia con u máximo de 4 personas incluido el
conductor, cuerpo policiales y militares designados para el encuentro,
representantes de los medios de comunicación social escritos, radio y
televisión acreditados por el club local; adicionalmente es necesario
coordinar con las autoridades públicas la seguridad de la vía pública de
acceso al Estadio, prohibir estacionar las unidades de transporte o
particulares en los alrededores del Estadio, no se permitirá durante el
desarrollo del encuentro en la zona aledaña al campo de juego a ningún
directivo de: clubes, ligas, asociaciones y árbitros…
-Armín Márquez (Deportivo Petare FC), 1 partido de suspensión, por
acumulación de cuatro tarjetas amarillas
Javier González (Deportivo Petare), 1 partido de suspensión, por
acumulación de cuatro tarjetas amarillas
-Franklin Lucena (Caracas FC), 1 partido de suspensión, por recibir doble
amonestación en el mismo encuentro
-Gustavo Rojas (Zulia FC), 1 partido de suspensión, por acumulación de
cuatro tarjetas amarillas
-José Villalba (Preparador físico Monagas SC), 2 partidos de suspensión,
por protestar airada y ostensiblemente las decisiones arbitrales
-José Yégüez (Deportivo Táchira), 1 partido de suspensión, por
acumulación de cuatro tarjetas amarillas
-Humberto Suárez (Preparador físico Deportivo Táchira), 2 partidos de
suspensión, por protestar airada y ostensiblemente decisiones arbitrales,
menospreciando públicamente su autoridad
-Ángel Duque (Preparador de Arqueros Deportivo Táchira), 6 partidos de
suspensión, por protestar airada y ostensiblemente decisiones arbitrales,
menospreciando públicamente su autoridad, e insultar con palabras
obscenas y amenazantes al primer árbitro asistente
-José Granados (Real Esppor Club), 1 partido de suspensión, por recibir
doble amonestación en el mismo encuentro
Segunda división:
-Yonaiker Reyes (Caracas FC), 1 partido de suspensión, por acumulación
de cuatro tarjetas amarillas
Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Osea nada al CDL?
Dicinox- Bota de Oro
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Leí esto por ahi:
El Consejo de Honor de la FVF le aplicó multas administrativas por el monto de Bs. 22.040,00 a diversos clubes en la ultima jornada.
Al Petare le aplicaron Bs. 988,00; Bs. 380,00 por el terreno del Olímpico desnivelado y Bs, 608,00 por no colocar la bandera de Venezuela.
Al Lara: Bs. 9424,00; Bs. 2.660 por permitir que no existisen medidas de seguridad en el estadio para impedir el acceso de rollos de papel, Bs. 1.292 porque el público lanzo rollos de cinta de papel; Bs. 2.584 por los elementos explosivos que sonaron en el juego, Bs. 380,00 por no entonar el Himno Nacional, Bs. 2.508 por no cumplir el protocolo en donde obligan a los clubes salir a la cancha juntos y por no informar actos protocolares.
Al Monagas: Bs. 1.216 por el retraso en la llegada de la Policía; Bs. 2.508,00 por el retraso del inicio del juego; Bs 2.812 por no aplicar medidas de seguridad para impedir el acceso de rollos de papel y 2.584 porque el publico lanzo dichos rollos
Esta semana el mismo Consejo de Honor sancionó en Bs 5.472,00 a jugadores y miembros de cuerpo técnico de equipos por las amarillas y rojas.
El Consejo de Honor de la FVF le aplicó multas administrativas por el monto de Bs. 22.040,00 a diversos clubes en la ultima jornada.
Al Petare le aplicaron Bs. 988,00; Bs. 380,00 por el terreno del Olímpico desnivelado y Bs, 608,00 por no colocar la bandera de Venezuela.
Al Lara: Bs. 9424,00; Bs. 2.660 por permitir que no existisen medidas de seguridad en el estadio para impedir el acceso de rollos de papel, Bs. 1.292 porque el público lanzo rollos de cinta de papel; Bs. 2.584 por los elementos explosivos que sonaron en el juego, Bs. 380,00 por no entonar el Himno Nacional, Bs. 2.508 por no cumplir el protocolo en donde obligan a los clubes salir a la cancha juntos y por no informar actos protocolares.
Al Monagas: Bs. 1.216 por el retraso en la llegada de la Policía; Bs. 2.508,00 por el retraso del inicio del juego; Bs 2.812 por no aplicar medidas de seguridad para impedir el acceso de rollos de papel y 2.584 porque el publico lanzo dichos rollos
Esta semana el mismo Consejo de Honor sancionó en Bs 5.472,00 a jugadores y miembros de cuerpo técnico de equipos por las amarillas y rojas.
elpilin- Bota de Bronce
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
La FVF se anda llenando los bolsillos con esas multas y sin lograr nada bueno para el fútbol nacional.
Nan_s8- Reserva
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Lo único que me gusta de esas sanciones es lo de los rollos, más nada.
Dreamer28- Bota de Plata
- ¡Por la gloria!
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Re: Informes del Consejo de Honor / Arbitraje Venezolano
Consejo de Honor abrió averiguación
sobre sucesos en estadio La Carolina
PRENSA FVF/CARACAS
El Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Fútbol realizó su
revisión semanal sobre los incidentes en las distintas canchas del país de
la jornada cuatro del Torneo Clausura 2012, Campeonato Nacional 2011,
2012, Copa Movilnet, realizada la pasada semana y tomó varias decisiones
de suspensión y de averiguación.
Carlos Terán, presidente; Domingo Arias y Domingo González Yánez,
miembros; y Amarilis Belisario, secretaria ejecutiva, tomaron las siguientes
medidas basados en la normativa vigente en la materia:
-Gabriel Torres (Zamora FC), 1 partido de suspensión, por agredir a un
jugador contrario en disputa del balón
-Armín Márquez, 1 partido de suspensión, por recibir doble amonestación
en el mismo encuentro
-Jesús Gil (Preparador Físico Yaracuyanos FC), 2 partidos de suspensión,
por protestar reiterada y airadamente las decisiones arbitrales
-Renny Vega /Caracas FC), 2 partidos de suspensión, un (1) partido por
recibir doble amonestación en el mismo encuentro y un (1) partido de
suspensión por insultar a los árbitros con palabras obscenas, ameritando la
intervención de un jugador de su propio equipo para retirarlo del terreno de
juego
(CASO ZAMORA FC VS CD LARA):
-“Respecto a los presuntos hechos irregulares de carácter no
competicionales pero eminentemente antideportivos y atentatorios contra la
paz y el orden social, suscitados una vez finalizado el partido escenificado
entre los equipos Zamora FC Vs CD Lara, el día 05 de febrero de 2012,
en el estadio “Agustín Tovar La Carolina” de la ciudad de Barinas,
Estado Barinas, denunciados comunicacionalmente en las ediciones de los
medios impresos Líder, Meridiano, El Nacional y Universal, los días 06
(Líder) y 07 de febrero de 2012; este Consejo de Honor de conformidad
con lo previsto en los artículos 13, 18 y 30 de los Estatutos; 3, 138 y 140
del Código de Ética de la Federación Venezolana de Fútbol, ordena abrir
las averiguaciones correspondientes, a los fines de comprobar los presuntos
hechos irregulares denunciados públicamente, las responsabilidades
disciplinarias de los clubes participantes pertinentes. En ese sentido,
acuerda: PRIMERO: Solicitar al representante del Club Zamora FC la
presentación de informe, en un lapso de cinco (5) días hábiles continuos,
sobre: i.- Los hechos presuntamente irregulares suscitados al finalizar el
encuentro, con la participación de los espectadores de las barras y los
agentes de la fuerza pública; denunciados en los medios de comunicación
impresos Líder, Meridiano, Nacional y Universal, los días 06 (Líder) y 07
de febrero de 2012; ii.- Las medidas y dispositivos de seguridad ejecutadas
antes, durante y después del encuentro en el Estadio “Agustín Tovar La
Carolina” de la ciudad de Barinas, para mantener la vigilancia y orden
público, control de acceso, ingreso y egreso de espectadores, para preservar
la integridad física de los Árbitros, Delegado de Campo, Jugadores, Cuerpo
Técnico, Delegado del equipo visitante y público en general, en el referido
partido, con indicación del número de agentes de la Fuerza Pública y
privada presentes en el partido; iii.- Copias de las actuaciones policiales,
con indicación, de ser posible, de la identificación de los detenidos (si los
hubiere) y lesionados producto de los presuntos hechos violentos,
suscitados en las instalaciones e inmediaciones del referido Estadio; iv.- La
presentación de los documentos que permitan verificar el cumplimiento de
las obligaciones establecidas en los artículos 86 y 87 numerales 1, 2 3 y 4
de las Normas Reguladoras de Categoría Nacional, relativas al registro de
sus barras y las obligaciones competitivas; v.- los daños materiales
supuestamente ocasionados en la instalación deportiva “Agustín Tovar La
Carolina” con indicación del quantum de los mismos e informe técnico
que lo sustente; vi.- El ejercicio para el indicado encuentro por parte del
Club visitante del derecho a solicitar y adquirir el 20% del Aforo del
Estadio para sus barras; así como cualquier otra circunstancia que estimen
necesaria y oportuna informar. Siendo necesario anexar video del
encuentro y elementos probatorios de los hechos cuya información
requerimos. SEGUNDO: Solicitar la presentación, dentro de un lapso de
cinco (5) días hábiles, de informe detallado al Club CD Lara, sobre: i.- La
solicitud y adquisición al Club Local para el citado encuentro, del 20% del
Aforo del Estadio para sus barras; ii.- La ubicación en el Estadio referido
de sus barras por parte del Club Local; iii.- El conocimiento que tiene de
los hechos presuntamente irregulares suscitados al finalizar el encuentro,
con la participación de los espectadores de las barras y los agentes de la
Fuerza Pública, denunciados en los medios de comunicación impresos
Líder, Meridiano, Nacional y Universal, los días 06 (Líder) y 07 de febrero
de 2012, y los daños materiales presuntamente ocasionados en la
instalación deportiva Estadio “Agustín Tovar La Carolina”, con
participación de sus seguidores; y iv- Cualquier otra circunstancia que
estimen necesaria y oportuna informar. Siendo necesario anexar video del
encuentro y elementos probatorios de los hechos cuya información
requerimos. TERCERO: Solicitar a la Comisión de Torneos Nacionales
Interclubes la presentación de informe, dentro de un lapso de cinco (5) días
continuos, sobre; i.- La declaratoria o no de Alto Riesgo del partido
Zamora FC Vs CD Lara, el día 05 de febrero de 2012; ii.- El
conocimiento que tiene sobre cumplimiento de las obligaciones
competitivas establecidas en los artículos 86 y 87 numerales 1, 2, 3 y 4 de
las Normas Reguladoras de Categoría nacional, relativas al registro de sus
barras por parte de los Clubes de Categoría Nacional, participantes en los
Torneos organizados por esa Comisión; iii Remisión del video del
encuentro. CUARTO: Solicitar la presentación de informe
complementario al Cuarteo Arbitral y Delegado de Campo representante
del Club CD Lara la presentación en un lapso de cinco (5) continuos,
sobre: i.- El conocimiento que tiene de los hechos presuntamente
irregulares suscitados al finalizar el encuentro, con la participación de los
espectadores de las barras y los agentes de la Fuerza Pública; denunciados
en los medios de comunicación impresos Líder, Meridiano, El Nacional y
Universal, los días o6 (Líder) y 07 de febrero de 2012, y los daños
materiales presuntamente ocasionados en la instalación deportiva
Estadio “Agustín Tovar La Carolina”, con ocasión del partido Zamora
FC Vs CD Lara, el día 05 de febrero de 2012; ii.- En caso de tener
conocimiento sobre tales hechos, especificación del Club al cual siguen los
espectadores que iniciaron los hechos violentos, la reacción de los
espectadores presuntamente agredidos, objetos utilizados por parte de los
espectadores violentos, duración de los enfrentamientos entre espectadores
y lugar específico donde se suscitaros los hechos violentos; iii.- Hora
precisa en que ambos equipos y autoridades del encuentro mencionado
abandonaros las instalaciones del referido Estadio. Líbrense las
comunicaciones correspondientes”
sobre sucesos en estadio La Carolina
PRENSA FVF/CARACAS
El Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Fútbol realizó su
revisión semanal sobre los incidentes en las distintas canchas del país de
la jornada cuatro del Torneo Clausura 2012, Campeonato Nacional 2011,
2012, Copa Movilnet, realizada la pasada semana y tomó varias decisiones
de suspensión y de averiguación.
Carlos Terán, presidente; Domingo Arias y Domingo González Yánez,
miembros; y Amarilis Belisario, secretaria ejecutiva, tomaron las siguientes
medidas basados en la normativa vigente en la materia:
-Gabriel Torres (Zamora FC), 1 partido de suspensión, por agredir a un
jugador contrario en disputa del balón
-Armín Márquez, 1 partido de suspensión, por recibir doble amonestación
en el mismo encuentro
-Jesús Gil (Preparador Físico Yaracuyanos FC), 2 partidos de suspensión,
por protestar reiterada y airadamente las decisiones arbitrales
-Renny Vega /Caracas FC), 2 partidos de suspensión, un (1) partido por
recibir doble amonestación en el mismo encuentro y un (1) partido de
suspensión por insultar a los árbitros con palabras obscenas, ameritando la
intervención de un jugador de su propio equipo para retirarlo del terreno de
juego
(CASO ZAMORA FC VS CD LARA):
-“Respecto a los presuntos hechos irregulares de carácter no
competicionales pero eminentemente antideportivos y atentatorios contra la
paz y el orden social, suscitados una vez finalizado el partido escenificado
entre los equipos Zamora FC Vs CD Lara, el día 05 de febrero de 2012,
en el estadio “Agustín Tovar La Carolina” de la ciudad de Barinas,
Estado Barinas, denunciados comunicacionalmente en las ediciones de los
medios impresos Líder, Meridiano, El Nacional y Universal, los días 06
(Líder) y 07 de febrero de 2012; este Consejo de Honor de conformidad
con lo previsto en los artículos 13, 18 y 30 de los Estatutos; 3, 138 y 140
del Código de Ética de la Federación Venezolana de Fútbol, ordena abrir
las averiguaciones correspondientes, a los fines de comprobar los presuntos
hechos irregulares denunciados públicamente, las responsabilidades
disciplinarias de los clubes participantes pertinentes. En ese sentido,
acuerda: PRIMERO: Solicitar al representante del Club Zamora FC la
presentación de informe, en un lapso de cinco (5) días hábiles continuos,
sobre: i.- Los hechos presuntamente irregulares suscitados al finalizar el
encuentro, con la participación de los espectadores de las barras y los
agentes de la fuerza pública; denunciados en los medios de comunicación
impresos Líder, Meridiano, Nacional y Universal, los días 06 (Líder) y 07
de febrero de 2012; ii.- Las medidas y dispositivos de seguridad ejecutadas
antes, durante y después del encuentro en el Estadio “Agustín Tovar La
Carolina” de la ciudad de Barinas, para mantener la vigilancia y orden
público, control de acceso, ingreso y egreso de espectadores, para preservar
la integridad física de los Árbitros, Delegado de Campo, Jugadores, Cuerpo
Técnico, Delegado del equipo visitante y público en general, en el referido
partido, con indicación del número de agentes de la Fuerza Pública y
privada presentes en el partido; iii.- Copias de las actuaciones policiales,
con indicación, de ser posible, de la identificación de los detenidos (si los
hubiere) y lesionados producto de los presuntos hechos violentos,
suscitados en las instalaciones e inmediaciones del referido Estadio; iv.- La
presentación de los documentos que permitan verificar el cumplimiento de
las obligaciones establecidas en los artículos 86 y 87 numerales 1, 2 3 y 4
de las Normas Reguladoras de Categoría Nacional, relativas al registro de
sus barras y las obligaciones competitivas; v.- los daños materiales
supuestamente ocasionados en la instalación deportiva “Agustín Tovar La
Carolina” con indicación del quantum de los mismos e informe técnico
que lo sustente; vi.- El ejercicio para el indicado encuentro por parte del
Club visitante del derecho a solicitar y adquirir el 20% del Aforo del
Estadio para sus barras; así como cualquier otra circunstancia que estimen
necesaria y oportuna informar. Siendo necesario anexar video del
encuentro y elementos probatorios de los hechos cuya información
requerimos. SEGUNDO: Solicitar la presentación, dentro de un lapso de
cinco (5) días hábiles, de informe detallado al Club CD Lara, sobre: i.- La
solicitud y adquisición al Club Local para el citado encuentro, del 20% del
Aforo del Estadio para sus barras; ii.- La ubicación en el Estadio referido
de sus barras por parte del Club Local; iii.- El conocimiento que tiene de
los hechos presuntamente irregulares suscitados al finalizar el encuentro,
con la participación de los espectadores de las barras y los agentes de la
Fuerza Pública, denunciados en los medios de comunicación impresos
Líder, Meridiano, Nacional y Universal, los días 06 (Líder) y 07 de febrero
de 2012, y los daños materiales presuntamente ocasionados en la
instalación deportiva Estadio “Agustín Tovar La Carolina”, con
participación de sus seguidores; y iv- Cualquier otra circunstancia que
estimen necesaria y oportuna informar. Siendo necesario anexar video del
encuentro y elementos probatorios de los hechos cuya información
requerimos. TERCERO: Solicitar a la Comisión de Torneos Nacionales
Interclubes la presentación de informe, dentro de un lapso de cinco (5) días
continuos, sobre; i.- La declaratoria o no de Alto Riesgo del partido
Zamora FC Vs CD Lara, el día 05 de febrero de 2012; ii.- El
conocimiento que tiene sobre cumplimiento de las obligaciones
competitivas establecidas en los artículos 86 y 87 numerales 1, 2, 3 y 4 de
las Normas Reguladoras de Categoría nacional, relativas al registro de sus
barras por parte de los Clubes de Categoría Nacional, participantes en los
Torneos organizados por esa Comisión; iii Remisión del video del
encuentro. CUARTO: Solicitar la presentación de informe
complementario al Cuarteo Arbitral y Delegado de Campo representante
del Club CD Lara la presentación en un lapso de cinco (5) continuos,
sobre: i.- El conocimiento que tiene de los hechos presuntamente
irregulares suscitados al finalizar el encuentro, con la participación de los
espectadores de las barras y los agentes de la Fuerza Pública; denunciados
en los medios de comunicación impresos Líder, Meridiano, El Nacional y
Universal, los días o6 (Líder) y 07 de febrero de 2012, y los daños
materiales presuntamente ocasionados en la instalación deportiva
Estadio “Agustín Tovar La Carolina”, con ocasión del partido Zamora
FC Vs CD Lara, el día 05 de febrero de 2012; ii.- En caso de tener
conocimiento sobre tales hechos, especificación del Club al cual siguen los
espectadores que iniciaron los hechos violentos, la reacción de los
espectadores presuntamente agredidos, objetos utilizados por parte de los
espectadores violentos, duración de los enfrentamientos entre espectadores
y lugar específico donde se suscitaros los hechos violentos; iii.- Hora
precisa en que ambos equipos y autoridades del encuentro mencionado
abandonaros las instalaciones del referido Estadio. Líbrense las
comunicaciones correspondientes”
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